
Impuesto Temporal de Solidaridad de las grandes fortunas: Motivos de Inconstitucionalidad
El pasado 28-12-2022 se publicó en el BOE la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, por la que fue creado el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Este nuevo impuesto se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, por lo que su regulación coincide básicamente con la del Impuesto sobre el Patrimonio. Su característica fundamental es que grava con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.
RocaJunyent, de la mano de nuestros profesionales Manuel Silva, Jordi Guarch y Susana Patricia Rodríguez, analiza en este informe si el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas podría vulnerar o no el principio de autonomía financiera de las Comunidades Autónomas.
Puedes acceder al informe completo en el siguiente enlace.


