
Incapacidad temporal y despido disciplinario: obligaciones de las personas trabajadoras tras el RD 1060/2022
Desde el 1 de abril de 2023, el Real Decreto 1060/2022 modificó el sistema de gestión de la incapacidad temporal, eliminando la obligación de las personas trabajadoras de entregar físicamente los partes de baja a la empresa. Sin embargo, este cambio normativo ha generado confusión: el personal cree erróneamente que ya no tiene que acreditar su situación de baja médica. Pere Vidal, asociado director de Derecho Laboral, analiza en este artículo publicado en la revista AJA de Aranzadi la reciente sentencia del TSJ de Canarias 443/2025, de 26 de mayo, que aclara esta cuestión.
La sentencia confirma que la plantilla debe informar a la empresa de su baja médica y, en caso necesario, aportar el parte médico. El TSJ declara procedente el despido disciplinario de una trabajadora que no justificó sus ausencias pese a los requerimientos de la empresa, estableciendo un precedente claro sobre las obligaciones que persisten tras la reforma normativa.
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