
La regulación del precio del alquiler con el nuevo índice de referencia
Esta semana pasada hemos estado pendientes de la publicación de dos importantes resoluciones que afectarán el mercado de arrendamiento de vivienda en Cataluña y cuya aplicación estaba pendiente de concretarse tras la aprobación de la Ley de Vivienda del Estado, en vigor desde el 26 de mayo de 2023, la cual modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos para limitar las rentas:
La Resolución del Departamento de Territorio de la Generalitat de Catalunya, por la cual se declaran zonas de mercado residencial tensionado (“ZMRT”) diversos municipios, de acuerdo con la Ley estatal de Vivienda.
La Resolución del Ministerio de Vivienda y de Agenda Urbana (“MIVAU”), que debía aprobar el Índice de Precios de Referencia al alquiler.
El 14 de marzo de 2024 entró en vigor la Resolución del Departamento de Territorio, por el cual se declaran 140 municipios catalanes como zonas de mercado residencial tensionado. Ante esta, debe tenerse en cuenta:
- La vigencia de la declaración de un ámbito territorial como zona de mercado residencial tensionad: 3 años, pudiendo prorrogarse anualmente siguiendo el mismo procedimiento reglado.
- La firmeza de la declaración: la declaración no es firme, pues no agota la vía administrativa. Al respecto, diversos profesionales y agentes del sector ya han anunciado su intención de interponer un recurso ante esta resolución.
El siguiente día, viernes 15 de marzo, quedó publicada la Resolución del MIVAU, que entró en vigor el sábado 16 de marzo, por la cual se establece un nuevo marco legal para la contención de rentas a nivel estatal y autonómico. Dicha resolución valida y declara como ZMRT los 140 municipios catalanes declarados por la Resolución del Departamento de Territorio de la Generalitat, a los que les serán de aplicación aquellas disposiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos modificadas por la Ley de Vivienda aplicables en zonas de mercado residencial tensionado.
En un intento de contextualizar la importancia de la publicación de ambas resoluciones, la conocida Ley de Vivienda, que entró en vigor el 26 de mayo de 2023, introdujo nuevos preceptos en la Ley de Arrendamientos Urbanos, con la intención de limitar las rentas aplicables a los contratos de arrendamiento que se suscriba a partir de su entrada en vigor, así como la asunción de gastos de gestión inmobiliaria a cargo del arrendador.
Sin embargo, la entrada en vigor de sus efectos quedó condicionada a la resolución del Ministerio de Vivienda y de Agenda Urbana. Por otro lado, y de acuerdo con el artículo 18.2 de la Ley de Vivienda, las Administraciones competentes en materia de vivienda -la administración autonómica-, son las competentes para declarar las “zonas de mercado residencial tensionado”, a efectos de la aplicación de todas las medidas previstas en esta ley.
Así, la publicación y entrada en vigor de ambas resoluciones permite concretar aspectos tan fundamentales como la contención de rentas en los nuevos contratos, o la posibilidad de modificar del concepto de gran tenedor.
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