
Trazando el Futuro: La Nueva Directiva Europea sobre Debida Diligencia en Sostenibilidad
Siguiendo nuestra alerta del pasado diciembre sobre la propuesta de la Directiva sobre debida diligencia debida a las empresas en materia de sostenibilidad (CSDDD, por sus siglas en inglés), el pasado 24 de abril el Parlamento Europeo dio luz verde a la nueva normativa que obligará a las empresas a mitigar su impacto negativo sobre los derechos humanos y el medio ambiente.
La CSDDD aprobada finalmente no difiere del contenido que publicamos en nuestra anterior alerta (haz clic en el enlace del párrafo anterior para leerlo), salvo en:
- Ámbito subjetivo de aplicación:
- 1.000 empleados
- Un volumen de negocios neto anual de más de 450M€ en el último ejercicio
- Se elimina el régimen especial en sectores de riesgo.
- Desaparecen las referencias directas al órgano de administración y la responsabilidad social corporativa.
- Se ha incluido un plazo de prescripción mínimo de 5 años.
La nueva normativa —salvo las obligaciones de comunicación— se aplicará gradualmente a las empresas de la UE y a las de fuera que alcancen los umbrales de facturación indicados en la Unión:
- a partir de 2027 para las empresas con más de 5.000 empleados y un volumen de negocios mundial superior a 1.500 millones de euros;
- a partir de 2028 para las empresas con más de 3.000 empleados y un volumen de negocios global de 900 millones de euros o más;
- a partir de 2029 para el resto de las empresas incluidas aquellas con más de 1.000 empleados y un volumen mundial de negocios superior a 450 millones de euros.
Tras la aprobación por parte del Parlamento Europeo, el calendario prevé que el próximo 23 de mayo los ministros de la UE den luz verde final a la CSDDD tras el visto bueno del Consejo. Una vez publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea los Estados Miembros deberán incorporar la diligencia debida en un plazo de dos años.
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