
¿Precariedad y dificultad de acceso a la vivienda o nueva modalidad residencial?
María Bassols, Asociada de derecho inmobiliario en RocaJunyent, ha elaborado este artículo publicado en el Diario Cinco Días en el cual explora el concepto del coliving, destacando que, aunque cada vez es más conocido, aún genera dudas sobre su significado, regulación y efectos en la sociedad. Bassols aclara que el coliving no es lo mismo que alquilar una habitación ni es similar a residencias estudiantiles o para ejecutivos. Es una forma de alojamiento que puede o no ser habitual, con características específicas que la distinguen.
Existen tanto defensores como detractores del coliving. Los críticos consideran que este concepto es una respuesta al problema del acceso a la vivienda, especialmente para los jóvenes más vulnerables, ya que normaliza la idea de no poder permitirse una vivienda completa. Sin embargo, los defensores lo ven como una oportunidad de cambio en el mercado inmobiliario, permitiendo la creación de espacios residenciales modernos, que combinan áreas privadas con zonas comunes para sociabilizar, lo que podría mejorar la calidad de vida en las ciudades.
Desde el punto de vista legal, en España no hay una normativa específica sobre el coliving, aunque en Catalunya se hace referencia a "alojamientos con espacios comunes complementarios". En este sentido, Bassols sugiere que el coliving podría abordar el problema del tamaño reducido de las viviendas en las ciudades, al permitir a los residentes compartir espacios comunes que aumenten su calidad de vida.
Finalmente, Bassols subraya que el coliving no solo debe centrarse en proveer viviendas, sino en ofrecer calidad de vida, sostenibilidad y servicios que fomenten la convivencia y la lucha contra problemas sociales como la soledad. El futuro del coliving dependerá de cómo se regule y se implemente para responder a las necesidades habitacionales de las ciudades.
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