
Régimen fiscal: Una oportunidad para España
Con frecuencia surge la pregunta de por qué países como Holanda, Luxemburgo o Irlanda son las jurisdicciones elegidas para que grandes multinacionales norteamericanas establezcan sus "cuarteles generales" para Europa. Sin duda una de las razones -hay quien piensa que la más poderosa- es su atractivo régimen fiscal.
Lamentablemente y a pesar de sus innegables ventajas, España no suele estar entre las candidatas a albergar dichos headquarters y ello es debido, en gran medida, a que nuestras relaciones comerciales y fiscales con Estados Unidos se rigen por normas aprobadas en los años 90, cuando no es que no hubiese Internet, es que no había ni teléfonos móviles.
Lo sorprendente es que incluso en esa situación, España siga estando entre los diez principales países de destino de la inversión norteamericana.
La aprobación (el pasado martes, por fin) por el Senado de los Estados Unidos del nuevo Convenio de Doble Imposición (CDI) con España puede suponer "un antes y un después" para el fortalecimiento de las relaciones comerciales entre España y EEUU, con los numerosos beneficios que de ello pueden derivarse para nuestra economía.
El nuevo CDI pone a España entre las jurisdicciones más favorables para la inversión americana por delante, incluso, de países como Luxemburgo e Irlanda y al nivel de países como Reino Unido.
A partir de la entrada en vigor de dicho CDI, la mayor parte de los flujos económicos con Estados Unidos van a estar libres de impuestos en España. Los dividendos distribuidos por parte de sociedades españolas a socios americanos pasarán de pagar el 10% actual a quedar exentos de tributación o a pagar el 5% cuando la participación del socio sea del diez por ciento.
Los cánones y los intereses dejarán de soportar una tasa del 10% para estar libres de imposición, lo que permitirá un mayor intercambio de tecnología y experiencias comerciales (imprescindibles para sectores tan consolidados como el de la industria automovilística y farmacéutica o para otros tan prometedores como el de las start up o la industria del cine).
Pero lo que sin duda puede poner a España a la cabeza de los destinos de las inversiones norteamericanas es el tratamiento de las plusvalías en la venta de acciones que -exclusión hecha de las empresas inmobiliarias- pasarán a estar exentas de tributación en la mayoría de ocasiones. Esta modificación puede, por fin, convertir a España en la plataforma de inversión de EEUU en Europa y en Latinoamérica.
Sería un error dejarnos llevar por visiones cortoplacistas que se lamenten por una posible pérdida de recaudación tributaria, pues las posibilidades que con el actual contexto internacional nos abre el CDI (baste pensar en la guerra comercial con China y el previsible Brexit duro) para atraer inversiones a España pueden perfectamente exceder cualquier minoración en la, ya de por si escasa, recaudación del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
En definitiva, el nuevo CDI nos pone en situación de ventaja frente a los países de nuestro entorno. Surge pues una ventana de oportunidad que podemos aprovechar o "dejarla pasar" (no sería la primera vez).
Lo que no podemos dudar es que si nosotros no lo hacemos alguien habrá que lo haga, como lo demuestra que en los próximos días el Senado norteamericano votará los CDI con Japón, Luxemburgo y Suiza a los que en breve seguirán los CDI con Polonia, Chile y Hungría.
De nosotros depende.
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