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Régimen de Consolidación Fiscal 2026

Ventajas e inconvenientes del régimen de consolidación fiscal para 2026

11/12/2025

Llega el final del año y, en el mes de diciembre, son muchos grupos de empresas que, ante la posibilidad de ver optimizada su tributación en el Impuesto sobre Sociedades (IS) a nivel conjunto, se plantean la opción de optar por el régimen especial de consolidación fiscal para el año entrante.

 

El grupo fiscal debe estar formado obligatoriamente por el conjunto de entidades residentes en territorio español que cumplan los siguientes requisitos el primer día del período impositivo en que sea de aplicación el régimen de consolidación:

  1. Estar participada de forma directa o indirecta por la sociedad dominante en, al menos, un 75% del capital social (70% si la entidad es cotizada), y que la entidad dominante posea sobre la misma la mayoría de los derechos de voto.
  2. Ser residente en territorio español.
  3. Tener forma jurídica de sociedad anónima, limitada, y/o comanditaria por acciones, o ser un establecimiento permanente (EP) de una entidad no residente en territorio español. Los EP en territorio español de entidades no residentes se consideran entidades residentes participadas al 100% del capital y derechos de voto de la entidad no residente de la que dependen. También se requiere que los EP de entidades no residentes no sean dependientes, directa o indirectamente, de ninguna otra entidad distinta de la dominante del grupo que reúna los requisitos para poder tener la consideración de dominante.
  4. No estar exentas de tributar en el IS, ni aplicar un tipo de gravamen distinto del de la entidad representante (salvo entidades de crédito). Tampoco pueden tener un período impositivo distinto (caso de sociedades dependientes cuyo ejercicio social, determinado por imperativo legal, no pueda adaptarse al de la sociedad dominante).

Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el período impositivo, salvo en caso de disolución de alguna de las sociedades.

¿Cuáles son las principales ventajas e inconvenientes de optar por dicho régimen? 

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Fiscal
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