
Se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA) mediante el Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto.
La Inteligencia Artificial está avanzando a pasos agigantados y España se sitúa con ventaja: mediante la aprobación del Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), España es el primer país europeo en implementar un órgano con estas características adelantándose a la entrada en vigor del Reglamento Europeo Artificial, norma que obligará a todos aquellos Estados Miembros a denominar una ‘autoridad nacional de supervisión’ con el fin de encargarse de supervisar aquellas regulaciones relacionadas con la Inteligencia Artificial.
La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña, es una entidad de derecho público que tiene personalidad jurídica pública, patrimonio propio y autonomía en su gestión, que asimismo se encargará de la asunción de todas aquellas materias y competencias que deben ser asumidas en materia de Inteligencia Artificial como Estado Miembro integrante de la Unión Europea.
La constitución efectiva y puesta en funcionamiento de la AESIA se producirá con la constitución del Consejo Rector en un plazo máximo de 3 meses desde la entrada en vigor del Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto.
El novedoso Real Decreto ha sido fruto de la evolución vertiginosa de la Inteligencia Artificial creándose una necesidad de supervisión y control de los riesgos que conlleva asociados, así como el afán de promover la innovación responsable.
Según las competencias establecidas en el reciente Estatuto, AESIA apoyará al desarrollo y uso de sistemas de Inteligencia Artificial desde una perspectiva ambiental y sostenible y desde una perspectiva de género incorporando el principio de igualdad entre mujeres y hombres. Asimismo, en el mismo artículo 10 se apuesta por la prestación de ayuda a fin de fortalecer la confianza en la tecnología y su aplicación en la Inteligencia Artificial creando un marco de certificación voluntario para entidades privadas, lo que permitirá, para las empresas que lo consideren, la emisión de cierta confianza al sector.
Parece interesante que en las competencias de la misma AESIA se apueste por mostrar un enfoque hacia la formación, difusión y creación de conocimiento en relación con una Inteligencia Artificial ética y humanista con la finalidad de mostrar tanto las oportunidades y potencial, como sus retos, riesgos y dudas que puede plantear su desarrollo y adopción.
La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial será clave para la concienciación, formación, supervisión y asesoramiento dirigido a entidades de derecho privado, pero también público, para una correcta implementación de normas tanto nacionales como europeas que giren alrededor de un uso adecuado de la Inteligencia Artificial en España.
La creación del Estatuto de la AESIA es positiva, tanto para hacer frente a la rápida evolución de la Inteligencia Artificial, como para contar con un actor principal que rija la instauración de la Inteligencia Artificial en nuestro país.
Tanto la creación de esta entidad, la aprobación de su Estatuto, como la entrada en vigor del Reglamento Europeo Artificial son sucesos inminentes y extremadamente recientes por lo que tendremos que ver en los próximos meses su funcionamiento y actuaciones en este marco. Aun así, la constitución del órgano, así como la aprobación de su Estatuto puede considerarse del todo positivo mostrándose ésta como un órgano cercano a los ciudadanos y con unos objetivos claros.

