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correo electrónico certificado acreditar un intento válido de MASC

La Audiencia flexibiliza los requisitos de MASC: El email como prueba admisible

15/09/2025

El correo electrónico como prueba válida de MASC: Las Audiencias de Alicante y Ourense flexibilizan los criterios de admisibilidad

La reforma procesal de la Ley Orgánica 1/2025 introduce los medios alternativos de solución de controversias (MASC) como requisito previo obligatorio para la admisión de demandas. Esta novedad exige aportar documentación que acredite el intento fehaciente de algún método MASC, según el artículo 5 de la norma.

Ante la escasa experiencia práctica, surgen dudas sobre las características exigibles para considerar válido dicho intento. Las primeras resoluciones judiciales comienzan a perfilar criterios de acreditación, siendo especialmente relevante la Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante de 18 de julio de 2025, que aborda la validez del correo electrónico como medio de comunicación para ofertas vinculantes.

El caso: criterios restrictivos vs. principio pro actione

El Juzgado de Primera Instancia inadmitió inicialmente la demanda por considerar insuficiente el envío de ofertas vinculantes por correo electrónico, aplicando los criterios restrictivos de la Junta de Jueces de Alicante, que exigían pacto previo o uso reiterado del correo (mínimo tres intercambios en seis meses).

La actora recurrió alegando haber cumplido el requisito mediante oferta vinculante confidencial enviada por correo electrónico certificado, con constancia de recepción, argumentando que los demandados habían identificado previamente dicha dirección en su relación comercial.

Marco normativo de la oferta vinculante

El artículo 17 de la LO 1/2025 reconoce la oferta vinculante confidencial como medio válido de MASC, exigiendo únicamente que conste: la identidad del oferente, su recepción efectiva, la fecha de recepción y el contenido de la oferta.

La redacción abierta del precepto permite cualquier medio que acredite la recepción efectiva, sin restricciones específicas al correo electrónico ni limitaciones formales concretas.

El giro jurisprudencial: flexibilización interpretativa

La Audiencia Provincial introduce un cambio interpretativo relevante al considerar válido el correo electrónico certificado, adoptando una interpretación pragmática adaptada a las comunicaciones modernas que facilita el acceso a la justicia cuando existe historial de relaciones comerciales electrónicas.

Aplicando el principio pro actione, el tribunal establece que los defectos formales en la acreditación del intento de MASC deben priorizarse para subsanación antes que la inadmisión automática. Esta posición evita que el nuevo requisito se convierta en barrera desproporcionada al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Procedimiento de subsanación

A partir de esta doctrina, antes de inadmitir la demanda, el Letrado de la Administración de Justicia deberá requerir al demandante para que aclare las características del instrumento utilizado y su contexto, permitiendo otorgarle validez.

El tribunal recuerda que la oferta vinculante no exige quitas, aplazamientos ni renuncias al crédito. Basta que el acreedor ofrezca al deudor la posibilidad de cumplir sin acudir a juicio, constituyendo un último requerimiento previo a la acción judicial.

Criterios de la Audiencia Provincial de Ourense

El pleno jurisdiccional de Ourense ha adoptado acuerdos para unificar criterios, considerando admisibles como medios de comunicación para MASC el burofax y email, siempre que:

  • Se hubiese estipulado como medio de comunicación contractual
  • El destinatario hubiese respondido por tal medio a la propuesta inicial
  • Cualquier medio que permita constancia del envío y recepción

Aplicación al caso concreto

Dado el intercambio previo de correos electrónicos entre las partes usando la misma dirección desde la cual se remitió la oferta vinculante, queda acreditado que dicho medio fue el canal convenido para comunicación, permitiendo constancia documental del envío y recepción.

Conclusiones: hacia una aplicación equilibrada

La reforma de la LO 1/2025 representa un cambio paradigmático que requiere aplicación prudente y evolutiva. Nos encontramos en fase inicial de desarrollo jurisprudencial, donde cada resolución contribuye a perfilar los contornos de esta institución procesal.

La casuística emergente será determinante para fijar estándares sobre qué constituye intento válido de MASC y los requisitos mínimos de acreditación exigibles.

La implementación efectiva requiere equilibrio entre exigencia de cumplimiento y flexibilidad aplicativa. Es previsible que la jurisprudencia evolucione hacia criterios más precisos, manteniendo la vocación de facilitar la resolución extrajudicial sin menoscabar la tutela judicial efectiva.

Implicaciones prácticas

Esta línea jurisprudencial sugiere que los profesionales pueden confiar en el correo electrónico como medio válido para acreditar intentos de MASC, especialmente cuando existe relación comercial previa que justifique su uso. La clave reside en documentar adecuadamente tanto el envío como la recepción, aprovechando las herramientas tecnológicas disponibles (correo certificado, acuses de recibo) para garantizar la trazabilidad requerida por la norma.

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