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Comunidad de Madrid Proyectos normativos Incentivos fiscales para el traslado de la residencia fiscal a la Comunidad de Madrid

Nuevos incentivos fiscales para el traslado de la residencia fiscal a la Comunidad de Madrid

06/06/2024

La Comunidad de Madrid ha presentado sendos Anteproyectos de Ley por los que se busca aprobar dos tipos de incentivos fiscales adicionales a los que ya resultan aplicables a los residentes fiscales en la Comunidad de Madrid.

Dichos incentivos se refieren a:

  • Deducción del 20% del valor invertido en deuda y participaciones en sociedades.
  • Beneficios fiscales para el acceso a la vivienda para los menores de 35 años que se trasladen a la Comunidad de Madrid.

Las personas físicas no residentes en España que pasen a ser contribuyentes por el IRPF en la Comunidad de Madrid podrán aplicarse una deducción autonómica por el 20% del valor de adquisición de los siguientes activos financieros en sociedades, con independencia del territorio o país en el que estén domiciliadas (con alguna limitación en el caso de Paraísos Fiscales) y sin que resulte necesario que los mismos estén negociados o cotizados en un mercado organizado.

Cabe señalar que al tratarse de una deducción aplicable exclusivamente en el IRPF podría resultar incompatible para aquellos contribuyentes que deseen acogerse al régimen de impatriados resultante de la conocida coloquialmente como “Ley Beckham”.

Recuerde:

  • Para adquirir la residencia en la Comunidad de Madrid en 2024, el cambio debería realizarse antes del 1 de julio.
  • Las inversiones con derecho a deducción deben realizarse en el año del cambio de residencia y puede ser en sociedades residentes en cualquier país, exclusión hecha de paraísos fiscales.

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