
El Tribunal Constitucional anula varios preceptos de la Ley de Emergencia Habitacional de Cataluña
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales y nulos varios preceptos de la Ley 1/2022 del Parlamento de Cataluña, que modifica la Ley 18/2007, la Ley 24/2015 y la Ley 4/2016, para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda. La sentencia, de fecha ocho de octubre de 2024, ha declarado la nulidad de los siguientes artículos:
- Artículo 1.3
- Apartados 1º y 2º del Artículo 12 y Disposición Transitoria
- Artículo 11 y Disposición Transitoria
- Artículo 7
Es importante destacar que la Sentencia, en la que ha sido ponente la Magistrada doña Maria Luisa Segoviano Astaburuaga, ha contado con cuatro votos particulares, en los que se destaca entre otras cuestiones que la cesión obligatoria de viviendas requiere indemnización adecuada, en virtud a lo establecido en el art. 33 CE.
La inconstitucionalidad y nulidad de los preceptos tendrá efectos a partir de la publicación de la sentencia, salvo en el caso de la nulidad del artículo 7, que, al tener naturaleza sancionadora, también afectará a procedimientos sancionadores que estén en curso en el momento de su publicación. Para cualquier cuestión o aclaración relacionada con la presente sentencia, no duden en ponerse en contacto con nuestro departamento de Derecho Inmobiliario y de la Construcción.
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