Vimeo Twitter Linkedin RSS
Zona de "coworking"

¿Qué dice el IAE sobre las actividades de “coworking”?

11/01/2023

El auge de las nuevas tecnologías ha traído consigo la aparición de nuevas profesiones para cuyo ejercicio no se necesitan más inversiones que un portátil, un teléfono y, sobre todo, una buena conexión a internet.

Estos modelos de negocio demandan de su sede de actividad que sea flexible, alejándose del carácter permanente y estable que tiene para los negocios tradicionales.

Para dar cubrir estas necesidades, desde hace unos años han proliferado los llamados coworking, definidos como espacios donde profesionales individuales, empresarios, teletrabajadores, así como pymes o startups, pueden desarrollar su actividad. 

Los coworkings ofrecen, junto con el arrendamiento del espacio, servicios adicionales tales como, secretaría, limpieza, reprografía, teléfono, internet, recepción de correspondencia, etc. El titular de la actividad presta algo más que un simple alquiler de espacio, por lo que a la hora de cursar su alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) el epígrafe de alquiler de inmuebles se queda corto.

Ante las dudas surgidas en su encuadramiento, se plantearon distintas consultas a la Dirección General de Tributos, quien, tras recordar que el mero ejercicio de cualquier actividad económica, especificada o no en las Tarifas del IAE, da lugar a la obligación de presentar la correspondiente declaración de alta, estableció los epígrafes vinculados al ejercicio de la actividad servicios de centros de negocios:

  • Epígrafe 861.2, "Alquiler de locales industriales y otros alquileres n.c.o.p.", por el arrendamiento de despachos y de salas de reuniones.
  • Epígrafe 856.1, "Alquiler de bienes de consumo", por el arrendamiento de mobiliario.
  • Grupo 999, "Otros servicios n.c.o.p.", por los servicios telefónicos e internet.
  • Grupo 853, "Alquiler de maquinaria y equipo contable de oficina y cálculo electrónico" por el arrendamiento ordenadores u otras máquinas o equipos de oficina
  • Epígrafe 849.6 “Servicios de colocación y suministros de personal”, por la prestación de servicios de secretaria y recepción.

Para adaptar las tarifas del IAE a esta actividad, inexistente en el momento en el que el impuesto entró en vigor, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre de 2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 (Ley de PGE 2023) crea un nuevo grupo, el 848 "Servicios de oficina flexible, coworking y centros de negocios" estableciendo una cuota mínima municipal de 202 euros, una cuota provincial de 20.000 euros y una cuota nacional de 35.000 euros.

De acuerdo con la Nota de dicho epígrafe, este grupo comprende los servicios prestados por las oficinas flexibles, coworking y centros de negocios, que ofrecen a sus clientes (empresas y profesionales) la infraestructura necesaria para desarrollar su actividad: espacios de trabajo, oficinas y salas de reuniones, de formación o de conferencias completamente equipadas, eventos, puestos de trabajo flexibles o fijos, servicio de comunicaciones, videoconferencia y conexión a Internet, oficinas virtuales, gestión de documentaciones y correspondencia, servicios de secretariado, “catering”, ofimática, etc.”

En definitiva, se sustituye el alta en los epígrafes anteriores por el alta en un único epígrafe creado ad hoc para amparar esta actividad.

La Ley de PGE modifica o crea otros grupos más:

  • Grupo 761. Servicios telefónicos.
  • Grupo 861. Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores, Artistas Falleros y artistas similares.
  • Grupo 864. Escritores y guionistas.
  • Grupo 869. Otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales no clasificadas en la sección tercera.
  • Grupo 889. Guías de montaña.
  • Grupo 034. Compositores, letristas, arreglistas y adaptadores musicales.

Para adaptarse a los nuevos epígrafes, los titulares de actividades amparadas por los mismos, y que hasta ahora estaban encuadradas en otras rúbricas, deberán cursar las correspondientes declaraciones de baja y alta, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de los PGE 2023.

Publicado en

Fiscal
Profesionales relacionados

También te puede interesar