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LSAC 2025 – Asesoramiento jurídico para entidades financieras en materia de Servicio de Atención a la Clientela

Ley de Atención a la Clientela (LSAC): claves e implicaciones para entidades financieras

16/03/2026

La Ley 10/2025, de 26 de diciembre, de servicios de atención a la clientela (LSAC) introduce un marco normativo de referencia que refuerza los estándares de protección de consumidores y usuarios en España, con un impacto directo y significativo sobre el sector financiero. Entre sus implicaciones más relevantes destaca la ampliación del ámbito subjetivo de la Ley 44/2002, que extiende la obligación de contar con un Servicio de Atención a la Clientela (SAC) a nuevas entidades —entre ellas, entidades de pago, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, corredores de seguros, prestamistas inmobiliarios e intermediarios de crédito—, así como la incorporación de requisitos reforzados en materia de accesibilidad, gratuidad, atención a personas vulnerables y separación funcional respecto de las áreas comerciales.

Las entidades sujetas disponen de un plazo de adaptación de 12 meses desde la entrada en vigor de la norma —con vencimiento el 28 de diciembre de 2026— para adecuar sus estructuras internas, canales de atención, procedimientos de resolución de quejas y obligaciones de transparencia a las exigencias de la LSAC. En este contexto, resulta esencial contar con un asesoramiento jurídico especializado que garantice el pleno cumplimiento normativo, minimice el riesgo regulatorio y anticipe las implicaciones derivadas de la futura constitución de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero.

Acceso a la alerta informativa completa.

Publicado en

Bancario y Financiero
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