
Última reforma de la Ley Concursal: Criterios Unificadores de los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona
El 6 de septiembre de 2022 el Boletín Oficial del Estado publicó la Ley 16/2022 de reforma del texto refundido de la Ley Concursal (“TRLC”), que modificaba sustancialmente nuestro sistema de preinsolvencia e insolvencia.
Transcurrido más de un año de su entrada en vigor, y con muchos aspectos prácticos por resolver, son muchas las opiniones autorizadas que solicitan al legislador concursal una reforma del referido texto legal.
Ello es debido, principalmente, a que la estadística de los concursos tramitados en nuestro país con el nuevo TRLC se corresponden en un 90% en procedimientos de personas físicas y sin masa, cuya finalidad no es otra que la exoneración del pasivo insatisfecho.
Con esta realidad, y con el objetivo de unificar los criterios de derecho concursal en otras materias, los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona han emitido unos Acuerdos, centrados en cinco grandes áreas, para homogeneizar la interpretación de diferentes preceptos del referido texto legal.
Los mencionados criterios afectan a las siguientes cuestiones:
- Concursos sin masa.
- Exoneración del pasivo insatisfecho.
- Venta de unidades productivas.
- Pre pack concursal.
- Procedimiento especial de microempresas.
Con los mencionados criterios, los Juzgados de lo Mercantil unifican la interpretación de la Ley Concursal con el fin de dotar de seguridad jurídica al procedimiento, dejando clara cuál es la posición de éstos.
Si bien dichos criterios únicamente operan respecto los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona, es de esperar que éstos se hagan extensibles a otras demarcaciones, como así ha ocurrido en anteriores ocasiones.
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