
Pérdida de oportunidad en concurso de acreedores: la doctrina del Supremo que cambia las reglas para la banca
Lluís Serras y Marta Sagalá, asociados directores del Departamento de Reestructuraciones del despacho, analizan en este artículo para Cinco Días las implicaciones prácticas y jurídicas de la reciente doctrina del Tribunal Supremo sobre la pérdida de oportunidad en sede concursal — de origen francés, perte d'une chance, e inglés, loss of a chance of recovery—, un pronunciamiento que impone a las entidades financieras un estándar de diligencia reforzado cuando deciden retirar o cancelar financiación de circulante comprometida con clientes en situación de insolvencia.
El Supremo deja claro que el cierre automático de líneas de descuento y pólizas de circulante ante la declaración de concurso tiene un coste jurídico real y cuantificable: no es necesario acreditar que la empresa habría sobrevivido, sino que basta con demostrar que existía una probabilidad seria de que el plan de viabilidad hubiera funcionado de haber mediado el cumplimiento contractual. La gestión del riesgo bancario, la política contractual y la estrategia procesal de las entidades financieras no volverán a ser las mismas.
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