
Nueva obligación societaria: registrar el titular real de las sociedades
El 19 de septiembre, entró en vigor, con carácter general, el Real Decreto 609/2023, de 11 de julio de 2023, publicado el 12 de julio, (en adelante, “el Real Decreto”), por el que se crea el Registro Central de Titularidades Reales y se aprueba su Reglamento de funcionamiento.
Éste desarrolla lo previsto en las disposiciones adicionales tercera y cuarta de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, necesario para completar la transposición de la Quinta Directiva anti-blanqueo del Parlamento Europeo y del Consejo.
El objeto del RCTIR es centralizar, de forma puramente electrónica, la información de titularidad real disponible actualmente en diversas fuentes, además de aquella que se le proporcione directamente por quienes se encuentran obligados a informar (en adelante, “los obligados"), y dar publicidad a esta con la finalidad de proteger la integridad del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica mediante la prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Paralelamente, tiene como objeto garantizar la interconexión de la información sobre titularidades reales a nivel europeo.
Con el fin de centralizar la información ya existente, el RCTIR recogerá los datos registrados en fuentes españolas oficiales como los Registros de Fundaciones, Asociaciones, Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación, el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España (a través de los Registros Mercantiles) o el Consejo General del Notariado entre otros registros con competencia en materia de recogida de datos de titulares reales.
Respecto a la información proporcionada de forma directa, si bien hasta la fecha ya existía la obligación para las sociedades mercantiles españolas de aportar su titularidad real a la hora de presentar sus Cuentas Anuales, esta nueva regulación trae consigo algunas obligaciones nuevas de especial trascendencia que, de no ser cumplidas, pueden acarrear sanciones.
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