
El Tribunal Constitucional anula la prórroga automática de lanzamientos: los jueces deben ponderar cada caso según el artículo 1 bis del RDL 11/2020
La Sentencia del Tribunal Constitucional de 17 de noviembre de 2025 (recurso de amparo núm. 2863-2024) establece una doctrina fundamental sobre la suspensión de lanzamientos en casos de ocupación sin título. El Alto Tribunal declara vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de una propietaria por aplicación arbitraria del artículo 1 del Real Decreto-ley 11/2020 en lugar del artículo 1 bis, aplicable cuando el ocupante carece de título arrendaticio. La sentencia subraya que los jueces no pueden prorrogar automáticamente la suspensión sin verificar que concurren todos los requisitos legales, especialmente que el propietario sea persona jurídica o gran tenedor (más de diez viviendas).
Esta resolución refuerza que las normas limitativas de derechos deben interpretarse restrictivamente y exige una ponderación efectiva de las circunstancias del caso concreto. El cambio de titularidad a favor de un propietario que no es gran tenedor es una circunstancia relevante que debe valorarse. La doctrina establecida protege el derecho de propiedad frente a aplicaciones indiscriminadas de la normativa COVID-19, recordando que la protección de ocupantes vulnerables debe compatibilizarse con el respeto a los derechos de los propietarios y la correcta aplicación de la legalidad.
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