
Novedades en materia de IVA de las operaciones de comercio electrónico B2C
14/06/2021
El Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril de 2021 aprueba importantes modificaciones en el tratamiento del IVA del comercio electrónico, con la transposición de la segunda parte de las medidas que se regulan en la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017, cuya entrada en vigor inicialmente estaba prevista para el 1 de enero de 2020 pero que, como consecuencia de la crisis sanitaria, la UE retrasó a 1 de julio de 2021.
Las reglas del comercio electrónico de bienes que tengan como destinatarios a clientes particulares (operaciones B2C), y siempre que medie transporte transfronterizo (comunitario o extracomunitario) se renuevan completamente a partir de julio de 2021, con la finalidad de:
- Situar la tributación del IVA de estas operaciones en el lugar donde se realice el consumo, equiparando el tratamiento del IVA de las ventas en tiendas físicas con el de las tiendas online;
- Evitar el fraude y la desventaja competitiva que genera la exención a las importaciones de bienes de escaso valor, al tiempo que se pretende proteger al consumidor final y
- Simplificar las obligaciones materiales y formales para los operadores económicos que participan en estas operaciones, principalmente a través del sistema de ventanilla única, también denominado OSS (One Stop-Shop) e involucrando a las plataformas digitales en la gestión y recaudación del IVA del comercio electrónico.
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Alerta informativa Novedades en materia de IVA (440.66 KB)
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Fiscal












