
Transformaciones Legales: Análisis Detallado del Real Decreto-ley 6/2023
En fecha 20 de diciembre de 2023, se ha aprobado el Real Decreto-ley 6/2023 que trae consigo importantes reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil y novedades de índole procesal.
El mencionado Real Decreto, se divide en cuatro libros, donde destaca el Libro I, en el cual se recogen las medidas de eficiencia digital y procesal para facilitar la intervención de los ciudadanos a las actuaciones judiciales.
Las principales reformas se basan en las siguientes:
Respecto a la modalidad presencial para la realización de actuaciones judiciales y actos procesales, se modifica el apartado 2 y se introduce un nuevo apartado 4 en el artículo 129 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Se produce una reforma notoria respecto a la modificación de la cuantía de las reclamaciones por vía del juicio ordinario con la modificación del artículo 249.2. incrementando a 15.000,00.-€ la cuantía para tramitarse el juicio ordinario, salvo las salvedades del artículo 249.1.
La modificación afecta, a su vez, al artículo 250, respecto a aquellos procedimientos en los que se ha de seguir la vía del juicio verbal e introduciendo nuevos supuestos de demanda que se han de tramitar específicamente por esta vía, cualquiera que sea su cuantía.
Atendiendo a la modificación antes descrita de ampliación de la cuantía del juicio ordinario, se amplía hasta los 15.000.-€ aquellos juicios que por razón de la cuantía se han de seguir por la vía del juicio verbal.
Se añaden 3 nuevos casos concretos que se han de seguir por la vía del juicio verbal, pasando de 13 supuestos a 16.
También se produce una importante reforma respecto al apartado 337.1. del anuncio de dictámenes cuando no se puedan aportar con la demanda o con la contestación, ya que, en la anterior regulación se han de expresar en una u otra los dictámenes de que, en su caso, pretendan valerse, que habrán de aportar, para su traslado a la parte contraria, en cuanto dispongan de ellos, y en todo caso cinco días antes de iniciarse la audiencia previa al juicio ordinario o de la vista en el verbal.
La aprobación del Real Decreto trae consigo la modificación de una gran variedad de artículos de la LEC, resumiendo en este post, los que pueden ser los de mayor trascendencia
La entrada en vigor de estas reformas procesales se producirá el próximo 20 de marzo de 2024 atendiendo a la Disposición Final 9ª.2.2ª, que establece:
No obstante, las previsiones contenidas en el título VIII del libro primero y en las disposiciones finales primera, segunda y cuarta, entrarán en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Las modificaciones realizadas en la Ley de Enjuiciamiento Civil se encuentran dentro de este título VIII del Libro Primero del Real Decreto.
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